La industria pesquera en el Perú: Olvidada y menospreciada en la política

Por: Marcos Kisner

(Lima, 24 Abr. 2011).- Industria Pesquera de Consumo Humano Indirecto (CHI)

Entre los años 1998 y 2010, la industria pesquera dedicada a la harina de pescado ha desembarcado y reducido en harina la cantidad de:

- 86’858,261 de toneladas de anchoveta y otras especies.

- Que han producido la cantidad de 19’840,000 de toneladas de harina de pescado y 3’929,200 de toneladas de aceite de pescado.

- Ha exportado la cifra de US$ 15,167’240,000 de dólares.

- Ha pagado por concepto de impuesto a la renta de tercera categoría la suma de: US $ 201’076,390 de dólares.

- El impuesto a la renta pagado significa el 2.68% del valor FOB de lo que ha exportado.

Industria Pesquera de Consumo Humano Directo (CHD)

En el mismo periodo la industria dedicada al Consumo Humano Directo ha extraído y procesado entre congelado, enlatado y curado, la cantidad de:

- 11’300,401 toneladas de diversas especies.

- Que han producido la cantidad de 3’204,600 toneladas de producto terminado.

- Ha exportado la cifra de US$ 4,555’860,000 de dólares.

- Ha pagado por concepto de impuesto a la renta de tercera categoría la suma de: US $ 121’923,731 de dólares.

- El impuesto a la renta pagado significa el 1.33% del valor FOB de lo que ha exportado.

En total la industria pesquera ha extraído y desembarcado la cantidad de:

- 98’158,662 de toneladas de recursos hidrobiológicos del ecosistema marino peruano.

- Las ha convertido en 26’973,800 de toneladas de producto terminado que ha exportado a un valor total de US$ 19,723’100,000 de dólares, por lo cual ha pagado al país la suma de 323’000,121 de dólares. Es decir que el país ha ganado el 1.64% del valor FOB de lo exportado.

Si el sector pesquero peruano (considerando solo sus exportaciones y no las ventas al mercado interno) ha pagado 323’000,121 de dólares como impuesto a la renta, significa que, dado que este impuesto es el 30% de la utilidad neta, la utilidad neta obtenida proveniente solo de las exportaciones ha sido de US$ 1,076'667,070 de dólares, o sea el 5.46% de las mismas.

Suponiendo que la cifra sea la real y correcta, representa una utilidad muy pobre. Pero lo que resulta inconmensurable e incalculable es el impacto causado por la pesquería al medio ambiente y al ecosistema. ¿Por qué la autoridad política del país no le presta mayor atención a la pesquería y permite que pase desapercibida y con un perfil muy bajo menospreciando los impactos que causa no solamente al ecosistema y medio ambiente sino a la sociedad?

Si sumamos que algunos productos de exportación tienen el beneficio del Drawback y que además se les devuelve el IGV, queda muy claro que la pesquería no redistribuye sus beneficios en forma justa y adecuada para con el país.

Sin embargo, curiosamente, ni la prensa ni los políticos mencionan o comentan esta situación, mientras que sí lo hacen en relación a la minería. La minería y la pesquería, ambos, utilizan recursos naturales (renovables unos y no renovables otros) que son patrimonio de la Nación.

¿Por qué se mantiene a la pesquería en el anonimato?

El nuevo gobierno tiene la oportunidad, a partir del 1 de agosto, de actuar en el sentido de reformar las estructuras del sector pesquero que origina una situación tan injusta en términos de redistribución de beneficios. También tiene que actuar sobre la reparación del impacto ambiental causado por la industria pesquera a lo largo del tiempo.

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Quién debe tener derecho a pescar (Una pregunta de los Verdes en el Parlamento Europeo)

Los recursos marinos son un bien público, no un recurso privado. Por tanto, el derecho de explotar esos recursos debe asignarse con arreglo a criterios que garanticen que la pesca contribuya lo máximo posible al interés público. Tradicionalmente, los permisos de pesca se han concedido en función de la participación histórica en la pesca. Con frecuencia, quienes más habían capturado recibían la mayor parte de la cuota. Este criterio favorece que quienes han sido los máximos responsables de la sobrepesca en el pasado tengan las mayores oportunidades de pesca en el futuro. Este principio no contribuye a la recuperación de las poblaciones, ni favorece la pesca sostenible ni tampoco a las comunidades costeras”.

El derecho a pescar debería basarse en criterios ambientales y sociales”.

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