Ministerio de la Producción dejó sin efecto Régimen Especial de Pesca de anchoveta en el sur por D.S. N° 015-2011-PRODUCE
(Lima, 28 Oct. 2011).- El Ministerio de la Producción dejó hoy sin efecto el Régimen Especial de Pesca (REP) del recurso anchoveta (Engraulis ringens) en el sur del país para las embarcaciones pesqueras cerqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente, y dispuso los destinos del Fondo para la Promoción de la Pesca Artesanal (Prosur).
El REP tenía como zona de influencia la comprendida exclusivamente entre los 16°00’ Latitud Sur y el extremo sur del dominio marítimo de Perú.
Según el decreto supremo publicado hoy que deja sin efecto el REP, los gobiernos regionales de Moquegua y de Tacna dejaron sin efecto el acta y convenio que suscribieron con el Ministerio de la Producción sobre el mismo en mayo del 2010 y junio del 2011, respectivamente, mientras que el gobierno regional de Arequipa no formalizó ni participó en dicho régimen.
Sin embargo, la realización de actividades extractivas de mayor escala en zonas distintas a las autorizadas a dichas embarcaciones, en el REP, sólo podía realizarse siempre que se contara con la participación de los gobiernos regionales ubicados a lo largo del litoral por lo que, al haber cesado la participación de éstos en el referido régimen carece de objeto mantenerlo vigente.
Por su parte, el Prosur fue creado en el 2008 como un mecanismo de promoción y desarrollo de la actividad pesquera artesanal y de los proyectos que beneficien a las familias y a los miembros de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPA), ubicadas en la zona sur del país.
Está constituido por los aportes privados que se generaban por la aplicación del REP de Anchoveta, fondo que era repartido en partes iguales entre los departamentos cuyos gobiernos regionales formalizaron su participación en el REP.
En ese sentido, el ministerio dispuso crear un fideicomiso en una entidad bancaria de primer nivel con la totalidad de los ingresos del Prosur para la mejor utilización de los mismos a través del financiamiento de proyectos productivos sostenibles relacionados al ámbito pesquero y acuícola, con mayor impacto económico y social que beneficien a la comunidad pesquera artesanal de manera participativa.
Igualmente, se conformará el Comité de Trabajo Transitorio de Moquegua y Tacna que se encargará de priorizar el destino de los fondos aportados por los armadores, por concepto de derecho de participación en el REP de Anchoveta del Sur.
Dicho comité se encargará de identificar, establecer y priorizar las necesidades de bienes y servicios a ser contratados o adquiridos con los fondos depositados en la cuenta corriente abierta por la Asociación de Productores de Harina y Aceite de Pescado del Sur del Perú (Aprosur).
Ello únicamente con fines de fortalecimiento de las acciones de control y vigilancia para verificar el cumplimiento de la normativa y apoyar el monitoreo científico del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) en la zona sur.
Los armadores de las embarcaciones pesqueras y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) que hayan accedido al REP de Anchoveta deberán continuar efectuando el aporte al Prosur equivalente al 0.30 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada tonelada métrica (TM) descargada en los EIP de la zona sur participantes en este régimen.
Igualmente, deberán continuar efectuando el aporte por concepto de derecho de participación en el REP de Anchoveta del Sur, de 28 % de la UIT, hasta la fecha en la que el último gobierno regional acordó dejar sin efecto su participación en este régimen, o hasta el último día que efectuaron actividad de pesca, lo que ocurra último (ANDINA).
El REP tenía como zona de influencia la comprendida exclusivamente entre los 16°00’ Latitud Sur y el extremo sur del dominio marítimo de Perú.
Según el decreto supremo publicado hoy que deja sin efecto el REP, los gobiernos regionales de Moquegua y de Tacna dejaron sin efecto el acta y convenio que suscribieron con el Ministerio de la Producción sobre el mismo en mayo del 2010 y junio del 2011, respectivamente, mientras que el gobierno regional de Arequipa no formalizó ni participó en dicho régimen.
Sin embargo, la realización de actividades extractivas de mayor escala en zonas distintas a las autorizadas a dichas embarcaciones, en el REP, sólo podía realizarse siempre que se contara con la participación de los gobiernos regionales ubicados a lo largo del litoral por lo que, al haber cesado la participación de éstos en el referido régimen carece de objeto mantenerlo vigente.
Por su parte, el Prosur fue creado en el 2008 como un mecanismo de promoción y desarrollo de la actividad pesquera artesanal y de los proyectos que beneficien a las familias y a los miembros de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPA), ubicadas en la zona sur del país.
Está constituido por los aportes privados que se generaban por la aplicación del REP de Anchoveta, fondo que era repartido en partes iguales entre los departamentos cuyos gobiernos regionales formalizaron su participación en el REP.
En ese sentido, el ministerio dispuso crear un fideicomiso en una entidad bancaria de primer nivel con la totalidad de los ingresos del Prosur para la mejor utilización de los mismos a través del financiamiento de proyectos productivos sostenibles relacionados al ámbito pesquero y acuícola, con mayor impacto económico y social que beneficien a la comunidad pesquera artesanal de manera participativa.
Igualmente, se conformará el Comité de Trabajo Transitorio de Moquegua y Tacna que se encargará de priorizar el destino de los fondos aportados por los armadores, por concepto de derecho de participación en el REP de Anchoveta del Sur.
Dicho comité se encargará de identificar, establecer y priorizar las necesidades de bienes y servicios a ser contratados o adquiridos con los fondos depositados en la cuenta corriente abierta por la Asociación de Productores de Harina y Aceite de Pescado del Sur del Perú (Aprosur).
Ello únicamente con fines de fortalecimiento de las acciones de control y vigilancia para verificar el cumplimiento de la normativa y apoyar el monitoreo científico del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) en la zona sur.
Los armadores de las embarcaciones pesqueras y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) que hayan accedido al REP de Anchoveta deberán continuar efectuando el aporte al Prosur equivalente al 0.30 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada tonelada métrica (TM) descargada en los EIP de la zona sur participantes en este régimen.
Igualmente, deberán continuar efectuando el aporte por concepto de derecho de participación en el REP de Anchoveta del Sur, de 28 % de la UIT, hasta la fecha en la que el último gobierno regional acordó dejar sin efecto su participación en este régimen, o hasta el último día que efectuaron actividad de pesca, lo que ocurra último (ANDINA).
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