DICAPI no autorizará el zarpe de las embarcaciones pesqueras artesanales del ámbito marítimo para facilitar el cumplimiento de los objetivos del censo
(Lima, Perú).- El Ministerio de la Producción (Produce) publicó ayer un decreto supremo (N° 002-2012-PRODUCE) que declara de interés nacional a la realización del Primer Censo Nacional de Pesca Artesanal del Ambito Marítimo, cuyo objetivo general es recolectar y procesar información estadística acerca del número de pescadores, armadores y embarcaciones artesanales y sus características técnicas.
El censo también recopilará información sobre las zonas de pesca, artes y aparejos utilizados e información socio – económica del sector.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) estará encargado de conducir y ejecutar el censo, que se llevará a cabo desde el 18 de marzo hasta el 2 de abril del presente año.
Los pescadores artesanales y armadores pesqueros artesanales deberán constituirse en los lugares de empadronamiento y en la fecha que se determinarán por Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción.
Además estarán obligados a proporcionar, con carácter de declaración jurada, información fidedigna que permita identificar el número de pescadores, armadores, embarcaciones artesanales y sus características técnicas, zonas de pesca, artes y aparejos de pesca utilizados, e información socio-económica.
Asimismo, los pescadores artesanales y armadores pesqueros artesanales deberán brindar las facilidades a los empadronadores para la verificación física de casa embarcación pesquera artesanal, en el lugar en que se encuentre.
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) del Ministerio de Defensa no autorizará el zarpe de las embarcaciones pesqueras artesanales del ámbito marítimo el día 18 de marzo para facilitar el cumplimiento de los objetivos del referido censo.
Mientras que el INEI, el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), la Dicapi, los gobiernos regionales de las regiones del litoral, y demás entidades que sean requeridas por el Ministerio de la Producción, prestarán la colaboración y facilidades que correspondan a sus respectivas competencias.
El Ministerio de la Producción creo también una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que tendrá por objeto el seguimiento de la ejecución del censo.
La comisión será integrada por dos representantes del Ministerio de la Producción, de los cuales uno la presidirá, uno del Imarpe, otro del Ministerio de Defensa, y otros del INEI.
Las entidades integrantes de la comisión designarán a sus respectivos representantes, titular y alterno, mediante resoluciones y dentro de los cinco días hábiles dentro de los próximos cinco días hábiles.
La Comisión Multisectorial deberá realizar labores de seguimiento de la ejecución del censo y emitir un informe de sus actividades al Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, en un plazo no mayor de diez días hábiles contados desde la fecha de conclusión del censo (Fuente: ANDINA).
El censo también recopilará información sobre las zonas de pesca, artes y aparejos utilizados e información socio – económica del sector.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) estará encargado de conducir y ejecutar el censo, que se llevará a cabo desde el 18 de marzo hasta el 2 de abril del presente año.
Los pescadores artesanales y armadores pesqueros artesanales deberán constituirse en los lugares de empadronamiento y en la fecha que se determinarán por Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción.
Además estarán obligados a proporcionar, con carácter de declaración jurada, información fidedigna que permita identificar el número de pescadores, armadores, embarcaciones artesanales y sus características técnicas, zonas de pesca, artes y aparejos de pesca utilizados, e información socio-económica.
Asimismo, los pescadores artesanales y armadores pesqueros artesanales deberán brindar las facilidades a los empadronadores para la verificación física de casa embarcación pesquera artesanal, en el lugar en que se encuentre.
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) del Ministerio de Defensa no autorizará el zarpe de las embarcaciones pesqueras artesanales del ámbito marítimo el día 18 de marzo para facilitar el cumplimiento de los objetivos del referido censo.
Mientras que el INEI, el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), la Dicapi, los gobiernos regionales de las regiones del litoral, y demás entidades que sean requeridas por el Ministerio de la Producción, prestarán la colaboración y facilidades que correspondan a sus respectivas competencias.
El Ministerio de la Producción creo también una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que tendrá por objeto el seguimiento de la ejecución del censo.
La comisión será integrada por dos representantes del Ministerio de la Producción, de los cuales uno la presidirá, uno del Imarpe, otro del Ministerio de Defensa, y otros del INEI.
Las entidades integrantes de la comisión designarán a sus respectivos representantes, titular y alterno, mediante resoluciones y dentro de los cinco días hábiles dentro de los próximos cinco días hábiles.
La Comisión Multisectorial deberá realizar labores de seguimiento de la ejecución del censo y emitir un informe de sus actividades al Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, en un plazo no mayor de diez días hábiles contados desde la fecha de conclusión del censo (Fuente: ANDINA).
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