(Lima, 12 Oct. 2011).- Mediante R.M. 288-2011-PRODUCE publicada hoy en el diario El Peruano, el Ministerio de la Producción prohibió la extracción, transporte, comercialización, almacenamiento y procesamiento del recuso Pulpo (Octopus mimus) en todo el litoral peruano, por un periodo de tres (3) meses, contados a partir del día siguiente a su publicación de la referida resolución ministerial.
Las personas naturales y jurídicas que cuenten con stock del recurso Pulpo extraído en el litoral peruano, tendrán un plazo de 5 días útiles para su comercialización debiendo presentar una jurada sobre su volumen; y las plantas de procesamiento podrán recibir el stock obtenido dentro de los 5 días útiles y tendrán un plazo de 10 días útiles para procesarlos, contados a partir de la entrada en vigencia de la veda establecida, señala la resolución ministerial.
Las personas naturales y jurídicas que cuenten con stock del recurso Pulpo extraído en el litoral peruano, tendrán un plazo de 5 días útiles para su comercialización debiendo presentar una jurada sobre su volumen; y las plantas de procesamiento podrán recibir el stock obtenido dentro de los 5 días útiles y tendrán un plazo de 10 días útiles para procesarlos, contados a partir de la entrada en vigencia de la veda establecida, señala la resolución ministerial.
0 comentarios:
Publicar un comentario