
Las personas naturales y jurídicas que cuenten con stock del recurso Pulpo extraído en el litoral peruano, tendrán un plazo de 5 días útiles para su comercialización debiendo presentar una jurada sobre su volumen; y las plantas de procesamiento podrán recibir el stock obtenido dentro de los 5 días útiles y tendrán un plazo de 10 días útiles para procesarlos, contados a partir de la entrada en vigencia de la veda establecida, señala la resolución ministerial.
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