Ministro de la Producción Villasante reconoce errores de FONDEPES en infraestructuras pesqueras

La reunión en San José con el Ministro se realizó en el local de la Sociedad Marítima Unión de Pescadores y allí su dirigente Macario Fiestas expuso la problemática pesquera y de la construcción de embarcaciones. En la foto, Fiestas con el presidente de ANEPAP José Luis Bernuy

(Lambayeque, 15 Nov. 2010).- En su visita a las caletas lambayecanas San José y Santa Rosa el día viernes 12 ultimo, adonde acudió a escuchar la problemática de sus zonas pesqueras por parte de los pescadores artesanales, el Ministro de la Producción Jorge Villasante reconoció la lentitud del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES en cuanto a los proyectos de infraestructuras pesqueras artesanales, y de que dispondrá las correcciones para sacarlas adelante, así como a enviar técnicos para que realicen las evaluaciones a que haya lugar, informo el presidente de la Sociedad Marítima Unión de Pescadores de San José Macario Fiestas.

Dentro de los temas abordados por Fiestas, estuvo la necesidad de agilizar la conclusión de los estudios de pre inversión para que la caleta pueda contar lo más pronto con un Desembarcadero Pesquero Artesanal, y mientras tanto, que cuente con un tractor para el jalado y botado de las embarcaciones. Otro de los temas abordados por el dirigente, fue la problemática de la construcción de embarcaciones artesanales, la del chinchorro que ha dejado sin trabajo a cientos de pescadores de orilla, y el de los pescadores que quedan desocupados por las fusiones de capacidad de bodegas de embarcaciones pesqueras al amparo del D.S. Nº 004-2007-PRODUCE.


1 comentarios:

Anónimo dijo...

las empresas de construcciòn naval en madera y sus trabajadores exigen al Ministro Villasante la derogatoria de todos los decretos supremos que atentan contra la seguridad de las embarcaciones de madera, conjuntamente con sus tripulaciones,debido a que no se pueden construir mas de 4.0 m. de manga, toda vez que estas, surcan los mares peruanos a màs de 180 millas para la captura de pota y del perico, de allì que se hace imperativo la derogatoria del D.S 015-2010

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